El magistrado del Tribunal Constitucional José María Macías, integrante del bloque conservador, respalda la postura del Tribunal Supremo al oponerse a la aplicación de la amnistía a los dirigentes del procés por apreciar malversación de caudales públicos, según la ponencia relativa al recurso de amparo presentado por el exconsejero catalán Jordi Turull.
En el texto, adelantado por El Español, el magistrado sostiene que "la interpretación llevada a cabo por la Sala Segunda del Tribunal Supremo no puede tildarse de sorpresiva o imprevisible, y mucho menos de caprichosa o fruto de una supuesta animadversión hacia el recurrente, sino que se ajusta a la doctrina vigente sobre los elementos del tipo penal de la malversación".
Macías concluye que no hay "arbitrariedad, irrazonabilidad manifiesta ni error patente" en las resoluciones cuestionadas por Turull, "ni que privasen al recurrente de una respuesta judicial fundada en Derecho", sino que aprecia "una discrepancia con la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria", cuestión ajena al ámbito del amparo.
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Beatriz PareraLa presidenta del TSJ considera que la afirmación sobre los escoltas de Begoña Gómez y la posibilidad de que la ayudaran en la huida puede ser desacertada pero no punibleLa ponencia será discutida el 22 de septiembre y, si finalmente no prospera, como se prevé, el pleno del TC encargará a otro magistrado la redacción de un nuevo texto.
El magistrado descarta la tesis de Turull sobre una supuesta extralimitación o exceso jurisdiccional por parte de la Sala Segunda del Supremo. "Su labor se ha circunscrito a su función primordial, que es la interpretación de la legalidad tal y como viene descrita en la propia norma", afirma.
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Juan Fernández-MirandaLa presidenta del Supremo vuelve a sacar los colores al Gobierno por atacar a los jueces mientras la fiscal se alinea con Justicia, Feijóo reaparece tras su plantón de hace un año y Pumpido se pasea esperando su sustitución en el TCAsimismo, avala como conforme a derecho la interpretación del Supremo sobre la concurrencia de "beneficio personal de carácter patrimonial", al considerar que este "puede manifestarse también en forma de ahorro patrimonial, esto es, en la evitación de un gasto que, de no haberse dispuesto de los fondos públicos, habría debido afrontarse con recursos propios".
Ese planteamiento, insiste el ponente, "aun cuando pudiere ser discutido legítimamente por el recurrente, se apoyó en premisas jurídicas explícitas y en una inferencia lógico-argumental reconocible, lo que excluye que la decisión pudiere calificarse de arbitraria, irrazonable o fruto de un error patente".
En esta línea, subraya la diferencia entre "ánimo de lucro", "enriquecimiento personal" y "beneficio personal", precisando que el Supremo se refiere a esta última categoría.
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J. M.María Alicia Millán Herrandis acusa al tribunal de "incongruencia procesal" por suspender cautelarmente el derecho al sufragio de miles de nacionalizados amparándose en un riesgo electoral todavía inexistenteEn cuanto a la alegación de que el procés habría afectado a los intereses financieros de la UE, la ponencia recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo descartó en su sentencia del 16 de julio, posterior a los autos del Supremo, por lo que "no permite proyectar retrospectivamente su contenido" en este caso.
El recurso de Turull es el primero que examina el TC entre los condenados por el procés en relación con la ley de amnistía. El fallo puede influir en el futuro de Carles Puigdemont, dado que el magistrado del Supremo Pablo Llarena prevé aplicar la doctrina que establezca el órgano de garantías sin aguardar a que se resuelva el recurso del expresidente catalán.
En julio de este año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló la Ley de Amnistía al concluir que se ajusta al derecho comunitario y no vulnera la normativa europea sobre terrorismo ni afecta a los intereses financieros de la Unión Europea, en contra del criterio del Tribunal Supremo.