La reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, también conocida como la ‘Ley Antimemes’, fue aprobada en el Senado, pero, ¿esto en verdad significa que te pueden meter a la cárcel por hacer un meme del Gobierno?
72 senadores dieron el primer paso para que la ley sea oficial, y con ello sancionar a quienes hagan mal uso de ciertas imágenes institucionales, y aunque en un principio la ley reduce riesgos para fraudes en internet, deja dudas sobre la libertad de expresión, de acuerdo con la maestra Daniela Carrasco, del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana.
Los verdaderos riesgos de la ‘Ley Antimemes’Daniela Carrasco explica que aún hay interrogantes sobre la ‘Ley Antimemes’ desde el punto de vista constitucional, esto debido a los límites que debe tener una reforma penal cuando involucra el uso de imágenes, logos, símbolos y elementos de identidad de las instituciones en internet.
El dictamen indica que se impondrán de uno a cinco años de prisión, además de una multa de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs), a las personas que “utilice, reproduzcan, imiten o incorporen, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o cualquier documento de caracter oficial perteneciente a cualquier institución pública de los tres órdenes de gobierno, para inducir al error o engaño, con la intención de cometer un ilícito sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio, sistema informativo, o cualquier otra actuación atribuible a una institución pública, a través de cualquier medio”.
Aquí es importante que las sanciones aplican “a escala comercial”, lo que permite distinguir entre una conducta delictiva y el uso legítimo de los símbolos institucionales, de acuerdo con la experta.
Pero el problema es que no hay nada que especifique que las personas que realicen memes libren cualquier sanción por el uso de las imágenes con fines de parodia.
Al respecto, Daniela Carrasco explicó que la redacción es demasiado amplia, y se corre el riesgo de que afecte expresiones como la sátira, la parodia o la crítica a través de estas imágenes.
“Desde la perspectiva del derecho constitucional, no creo que satisfaga el requisito de taxatividad (principio jurídico que exige al legislador redactar las leyes de forma clara, precisa y exacta) que la ley penal debe tener”, explicó la experta de la Ibero.
Con ello, argumentó que los delitos deben estar definidos lo suficientemente claros para que las personas sepan qué está prohibido y así evitar un margen excesivo para las autoridades, ya que ellas pueden interpretar así que conductas encajan en el delito.
Esta serie de incertidumbres sí pueden afectar a la gente, que puede evitar expresarse con memes por miedo a ser investigada, ya que existe el riesgo de un efecto “inhibitorio”.
“Una persona puede decidir no publicar determinado contenido lícito por temor a que alguna autoridad considere que podría constituir un delito. Esto adquiere especial relevancia en el espacio digital, donde periodistas, caricaturistas, creadores de contenido y ciudadanos usan cotidianamente imágenes y símbolos institucionales para comentar asuntos públicos”, explicó la especialista.
¿Haces memes? Esto es lo que debes conocer sobre la ‘Ley Antimemes’De acuerdo con la Ibero, es importante que las personas que crean contenido sepan cuáles son sus derechos y qué pueden hacer para compartir memes sobre políticos en sus redes sociales.
Según Daniela Carrasco, una persona puede incorporar el logotipo de una institución para una imagen humorística y que la gente la identifique y compruebe que se trata de una parodia, crítica o sátira.
En ese caso, el símbolo forma parte de la expresión. Sin embargo, esto cambia cuando los elementos “se usan para construir una apariencia falsa de oficialidad con el propósito de engañar. Por ejemplo, cuando alguien crea una plataforma falsa de una institución pública para hacer creer a personas usuarias que están realizando un trámite oficial, cuando en realidad se busca cometer un ilícito”.
Otro aspecto importante que está en duda es qué información toman las autoridades para saber en qué momento se infringe la ‘Ley Antimemes’, ya que no bastaría con demostrar que alguien usó un logo oficial, sino que tendría que acreditar que el uso fue a escala comercial o que había una finalidad de inducir al error o el engaño.
La experta de la Ibero explicó que las investigaciones pueden comenzar a partir de indicios razonables, aunque no estén demostrados todos los elementos que indica la ley, lo que amplía los riesgos en la interpretación y deja vulnerables a personas que solo se expresan en redes sociales.