El Tribunal de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado parcialmente un nuevo recurso contra la moratoria de licencias para pisos turísticos aprobada en mayo de 2024 por el Ayuntamiento de Valencia, que dirige la popular María José Catalá. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha considerado contrario a Derecho el acuerdo municipal en la parte que suspendía la tramitación y concesión de licencias de cambio de uso para implantar nuevos usos terciarios hoteleros, así como la eficacia de las declaraciones responsables presentadas para esos usos.

El fallo, fechado el pasado 25 de septiembre y del que fue ponente la magistrada Inmaculada Gil, recoge parcialmente las pretensiones de una promotora inmobiliaria denominada Resina Properties SL, vinculada a inversores belgas que contrataron como representante legal al letrado Víctor Soriano, un abogado que trabaja a su vez como asistente de la Mesa del Senado, asesorando a la senadora del Partido Popular Eva Ortiz.

Soriano ha podido ejercer la acción legal contra una decisión de una Administración gobernada por el mismo partido que propuso su nombramiento en la Cámara Alta en virtud de la compatibilidad profesional que tiene reconocida desde su designación. El año pasado, otra empresa representada por su bufete, Business Decision and Advice SL, inició una acción penal contra el concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Valencia, el también popular Juan Giner, por la paralización de unos apartahoteles, aunque el juzgado archivó las diligencias en mayo al no encontrar indicios del delito de prevaricación administrativa.

"Ejerzo libremente la profesión de abogado y no admito presiones ni las indicaciones de nadie", señala a preguntas de ElConfidencial, sobre el hecho de compatibilizar la labor de asesoría a un cargo político de los populares con su actividad legal privada. Aunque el Senado ya está disuelto por la convocatoria de elecciones del 29 de noviembre, Soriano se mantiene como asesor de la Diputación Permanente hasta la constitución de las nuevas Cortes Generales. Antes de que Catalá ganase las elecciones en Valencia en 2023, también trabajó en asuntos del grupo municipal del PP. Alguna sentencia se dictó ya tras el cambio de vara de mando.

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Además de ejercer como asistente de la senadora del PP en la Cámara Alta y llevar asuntos contenciosos privados, el despacho Soriano i Piqueras ha trabajado para Manos Limpias en la acusación popular en el caso del ex Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, y está presente en la causa del rescate a Plus Ultra y la investigación al expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.

La sentencia del TSJCV sobre la moratoria municipal de licencias para pisos turísticos llega cuando ya no está en vigor, pero podría abrir la puerta al reconocimiento de todas aquellas licencias que se solicitaron durante su vigencia o antes. El consistorio del que es alcaldesa Catalá optó por suspender las tramitaciones mientras elaboraba una normativa específica (ahora ya aprobada) que tuviese en cuenta por barrios o distritos el nivel de densidad de viviendas destinadas a uso turístico sobre el residencial y su impacto en el acceso a los hogares de los habitantes de la ciudad.

Informes municipales e independientes han advertido de la influencia de la actividad terciaria en los precios de los alquileres y en la decisión de las familias de trasladarse a otros barrios o poblaciones cercanas a Valencia, ante la incapacidad de acceder a una solución habitacional.

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La resolución no es firme. Puede presentarse recurso de casación ante el Tribunal Supremo o, en su caso, ante el propio TSJCV, dentro del plazo de 30 días a contar desde el día siguiente a la notificación. El fallo se suma a otro dictado en abril de este año por la misma Sala, que estimó parcialmente el recurso de otros inversores. Los argumentos fueron muy similares y la sentencia dictada por el pleito iniciado por Resina Properties, a la que tuvo acceso este periódico, se explica por unificación de doctrina. Los magistrados rechazan, en cambio —de ahí la estimación parcial y no total del recurso—, declarar la nulidad de la suspensión de la tramitación y otorgamiento de las licencias de edificación para nuevos usos terciarios hoteleros.

En este caso, según establece la sentencia, el Ayuntamiento sí justificó suficientemente con datos “la procedencia de la medida cautelar” a fin de “proteger el entorno urbano y garantizar el derecho a disfrutar de la vivienda, que constituyen, cabe reiterarlo, imperiosas razones de interés general a efectos de aquella normativa”.